1871-04-27 Prohibición sistema multas a los salarios. Comuna de París. Cartel
Texto:
REPÚBLICA FRANCESA
LIBERTAD IGUALDAD FRATERNIDAD
COMUNA DE PARÍS
LA COMISIÓN EJECUTIVA,
Considerando que ciertas administraciones han puesto en fun-cionamiento
el sistema de multas o retenciones sobre los sueldos y salarios;
Que estas multas son infligidas a menudo bajo los más fútiles
pretextos y constituyen una pérdida real para el empleado y el obrero;
Que, en derecho, nada autotoriza estas deducciones arbitrarias y vejatorias;
Que, de hecho, las multas camuflan una disminución del salario en beneficio de los que las imponen;
Que ninguna justicia regular preside este tipo de sanciones, tan inmorales en el fondo como en la forma;
A propuesta de la Comisión del trabajo, de la industria y del cambio,
RESUELVO:
ARTÍCULO PRIMERO. Ninguna administración privada o pública podrá
imponer multas o des-cuentos a los empleados o a los obreros, cuyos
sueldos, pactados de antemano, deben ser íntegramente pagados.
Art. 2. Toda infracción a esta disposición será sometida a los tribunales.
Art. 3. Todas las multas y descuentos infligidos desde el 18 de Marzo,
bajo pretexto de sanción, serán restituidos a los que tengan derecho en
el plazo de 15 días, a partir de la promulgación del presente decreto.
París, 27 de abril de 1871.
La Comisión ejecutiva:
Jules ANDRIEU, CLAUSERET, Léo FRANKEL, Paschal GROUSSET, JOURDE, PROTOT, VAILLANT, VIARD
Foto cartel original: BDIC
Adjunto | Tamaño |
---|---|
1871-04-27 Prohibición sistema multas a los salarios. Comuna de París.pdf | 779.44 KB |